Somos conscientes y empáticos de la situación que pueda vivir cada uno de nuestros clientes, por lo que existe la posibilidad de adaptar las formas de pago según sea el caso.
A cargo del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas
Ciudad de México, a 22 de agosto de 2024
Nuestro trabajo y servicio se encuentra avalado por los
clientes pertenecientes de la Secretaria de la Defensa Nacional y Secretaria de
Marina o pertenecientes a la estructura de gobierno (servidores públicos), a los
cuales hemos tenido el gusto de ayudar; siendo accesibles varias de sus
recomendaciones en el apartado correspondiente de esta página.
A cargo del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas
Publicaciones
El derecho a la seguridad social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, está reconocido en la fracción XIII, apartado B, del artículo 123 Constitucional y regulado en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y su Reglamento. Para comprender mejor este tema, resulta importante retomar primero algunas cuestiones preliminares, tales como […]
¿ SABÍAS QUE? LOS MIGRANTES HONDUREÑOS Y ¿QUIÉN DEBE SER CONSIDERADO COMO REFUGIADO/ASILADO? Atendiendo a las recientes opiniones que se han vertido en relación al tema de los migrantes hondureños en el país, me parece relevante analizar, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 11 constitucional interpretado a la luz de los […]
¿ SABÍAS QUÉ ? LEY DE SEGURIDAD INTERIOR El pasado 15 de noviembre de 2018, el Pleno de la SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) […]